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Sindicato boliviano rechaza que Conmebol relacione a su país con acto racista en caso Ceppelini

La FABOL, sindicato de Bolivia, rechazó a la Conmebol por la sanción interpuesta a Pablo Ceppelini al considerar la expresión "boliviano" un acto racista.

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Sindicato de Bolivia en contra de la decisión de Conmebol
Sindicato de Bolivia en contra de la decisión de Conmebol | Composición: Líbero

La Federación Sindical de Futbolistas Profesionales de Bolivia expresaron su rechazo total a la sanción interpuesta a Pablo Ceppelini por parte de la Conmebol al considerar la expresión “boliviano” como un insulto y/o acto racista. Esto, basado al artículo 15.1 del Código Disciplinario.

Bajo el nombre de la FABOL rechazan la sanción de Conmebol y exigen respeto a la identidad boliviana. Además, la institución tomó cartas en el asunto para ir en contra del ente deportivo. “La Federación Sindical de Futbolistas Profesionales de Bolivia (FABOL) exprés su absoluta indignación por los hechos que motivan la sanción interpuesta al jugador Pablo Ceppelini por haber llamado “boliviano” a un hincha durante un partido de Copa Libertadores”, se puede leer en primera instancia.

Luego, de esta premisa, el sindicato explica la razón de su molestia. “¿Desde cuándo referirse a una nacionalidad es considerado un acto racista? Lo verdaderamente preocupante es que la propia CONMEBOL, organismo que debería defender la diversidad y la unidad sudamericana, esté avalando con esta sanción un criterio profundamente discriminatorio: asumir que decir “boliviano” es un insulto, una ofensa que atenta contra la dignidad humana”, continuaron .

Comunicado de la FABOL

Para concluir, exigieron una verdadera explicación por parte de la máxima institución del fútbol sudamericano. “Desde FABOL exigimos una explicación clara y coherente de manera pública de parte de la CONMEBOL, porque si llamar a un persona “boliviano” es castigado con cuatro meses de suspensión, el mensaje que la entidad está dando al mundo es que nuestra nacionalidad es sinónimo de desprecio. Eso es racismo y discriminación institucional, y no lo vamos a permitir”, advirtieron y puntualizaron.

¿Qué dice el Artículo 15.1 del Código Disciplinario de la Conmebol?

El Artículo 15.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL establece lo siguiente: "Cualquier persona que, a través de cualquier medio, insulte o atente contra la dignidad humana de otra persona o grupo de personas por motivos de color de piel, raza, etnia, sexo, orientación sexual, idioma, credo, origen social, posición económica, discapacidad, o cualquier otra condición, será sancionada con una suspensión de al menos diez (10) partidos o cuatro (4) meses, dependiendo de la naturaleza de la infracción y de las circunstancias del caso".

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