COVID-19: Conoce el nuevo aforo en lugares públicos y cuándo entrarán en vigencia
El Poder Ejecutivo decretó un nuevo aforo para los establecimientos públicos según el nivel de alerta y la fecha desde que iniciará.
Únete a nuestro canal de WhatsAppLímite de aforo se modifica para evitar la propagación de COVID-19. | Difusión
El Gobierno estableció un nuevo límite de aforo para los diferentes espacios públicos que regirán desde el 1 de febrero hasta el 13 de febrero como una de las medidas para enfrentar la pandemia por COVID-19 que atraviesa nuestro país.
De acuerdo al diario El Peruano emitido este sábado 29 de enero se publicó el Decreto Supremo N° 010-2022-PCM que detalló el nuevo aforo en los establecimientos a nivel nacional.
Aquí, te contamos las modificaciones que realizó el Poder Ejecutivo y que comenzará desde el 1 de febrero:
Nivel de alerta moderado
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
- Casinos y tragamonedas: 60%
- Cines y artes escénicas: 80%
- Bancos y otras entidades financieras: 80%
- Templos y lugares de culto: 80%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
- Eventos empresariales y profesionales: 80%
- Peluquería y Barbería: 80%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 80%
- Coliseos:60%
- Gimnasios: 60%
Nivel de alerta alto
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 60%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
- Eventos empresariales y profesionales: 60%
- Peluquería y Barberia: 60%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- Coliseos:60%
- Gimnasios: 60%
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 60%